El beneficio será utilizado para darle un aporte económico a los asociados que sufran la pérdida física de hijos, cónyuges o padres y éstos a la vez por el fallecimiento del asociado.
La asignación funeraria será distribuido de la siguiente forma:
a- Por muerte del Asociado, la suma de cuatrocientos balboas (B/.400.00)
b- Por muerte de familiares que no sean asociados de la cooperativa, tales como hijos, cónyuges o padres, la suma de doscientos cincuenta balboas (B/.250.00).
c- Cuando el cónyuge de un Asociado fallecido también sea Asociado,recibirá el valor económico correspondiente.